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Análisis artículo: CERVANTES Y TURQUÍA

Análisis artículo: CERVANTES Y TURQUÍA La vida y obra de Cervantes se enmarca en un contexto histórico muy concreto que se circunscribe al enfrentamiento que se produce entre la casa de de los Habsburgo y el Imperio Otomano. Ambas potencias imperiales poseían vastos territorios que, viagra en muchos casos quedaban divididos por frágiles elementos fronterizos que hacían que los conflictos entre ambas se extendiesen durante este periodo. Con la llegada al trono de Felipe, medicine la dirección política de la monarquía hispánica se radicaliza debido a la exarcevada defensa de la religión católica que ejerció el rey durante su mandato. Esta defensa de la verdadera fe supuso la toma de medidas represivas muy importantes y que se justificaban en la necesidad de mantener unidos sus territorios basándose en la creencia en una misma fe, nurse hay que entender que no solo el enemigo hereje se encontraba a las puertas del sur de Europa por el estrecho de Gibraltar, sino que dentro de los territorios gobernados por el monarca comenzaban las primeras revueltas en torno a la aparición de los primeros movimientos reformistas. La frontera, ese elemento abstracto que se fija según criterios geográficos, étnicos, etc. se convierte en un territorio de comercio, trasvase cultural e ideológico que dificulta la creencia en una realidad marcada por las exigencias morales y culturales de los gobernantes. El mercantilismo, la génesis de nuestro actual sistema capitalista, se asienta en este periodo alrededor de estas fronteras culturales que favorecen los intercambios de mercancías, personas y bienes. Cervantes supo recoger con maestría en sus obras estas relaciones fronterizas, valga como ejemplo «La española Inglesa» o «El amante liberal», donde aparecen situaciones que muestran a las claras esta nueva realidad con personajes de toda condición que representan este mundo limítrofe Mediterráneo. En este sentido Cervantes, gracias a sus propias vivencias personales, nos muestra una visión más realista del mundo turco-berberisco alejada de la versión oficialista que desde las altas instancias monacales y eclesiásticas se quería representar. Dos visiones irreales se habían ido fraguando a lo largo de la historia de la convivencia entre religiones en el territorio europeo, dos leyendas negras marcadas por la negación del «otro» y su afirmación como enemigo hereje, histérico y violento, en el caso de los musulmanes, y de valentón, promiscuo, machista, sucio, violento, en el caso de los cristianos. Quién superó los límites de la frontera pudo entender que la maquinaria propagandística funcionaba a pleno rendimiento y que la realidad estaba muy alejada y sesgada por los poderes dominantes. Estos personajes que decidieron o por obligación entraron en contacto con la realidad eran tachados de sospechosos, Cervantes no sería una excepción a este hecho pues vivió de primera mano esta realidad durante su cautiverio en Argel. Sin embargo Cervantes, a pesar de su defensa personal como hombre de regios principios y fiel a las normas y costumbres del imperio, supo mostrar esta realidad en todas sus obras, incluida su obra maestra el Quijote, en el que Cidete Hamete Benengelli, según diversos analistas de la obra, es introducido para explicar y justificar que con la fe no se combate a la fe, y que debe ser la ley natural la que actúe por encima de las creencias, la ciencia debe estar por encima de la fe. Cervantes da muestras de un pensamiento que va más allá de los dogmas y las doctrinas, concibiendo la realidad con grandes el personaje de Ricote, o Jadraque Jarife, a los que Cervantes utiliza para dar un discurso ambiguo, que contenta a los críticos de la época, peo que trasluce una crítica severa a la forma de actuar contra los moriscos. Hay que entender que los moriscos no son agentes extraños de la sociedad de los reinos peninsulares de la época. Eran ciudadanos cuya patria, hacienda, familias pertenecían durante generaciones a estos territorios y su expulsión suponía marchar a zonas que les eran ajenas, a pesar de que compartieran una misma fe. Otro elemento que desnuda el talante modernista de Cervantes es la introducción de los matrimonios mixtos en sus obras, con Ana Félix y Gaspar Gregorio como claro ejemplo de convivencia cultural, más allá de creencias distintas. Pero si hay una obra en la que se muestre con mayor rotundidad las vivencias del mundo de frontera, esa es « La gran sultana» donde, Catalina de Oviedo, comparte lecho con el Sultán y se convierte en su favorita pudiendo conservar sus atuendos, fe y cultura. Es una muestra de que la unión amorosa se puede extrapolar al respeto mutuo entre creencias. En resumen lo que podemos observar en la gran obra de Cervantes es la realidad objetiva del mundo fronterizo, una realidad alejada de las filias y las fobias entre sectas, y que muestra unos rasgos de verosimilitud muy novedosos en la época.

David Cano 2 diciembre, 2013 2 diciembre, 2013 Cervantes, Frontera, Turquía
DE MUDÉJARES A MORISCOS: RECORRIDO DESDE LA ÉPOCA DE LOS REYES CATÓLICOS HASTA LOS TIEMPOS DE CERVANTES

David Cano López Tiempo de Cervantes DE MUDÉJARES A MORISCOS: RECORRIDO DESDE LA ÉPOCA DE LOS REYES CATÓLICOS HASTA LOS TIEMPOS DE CERVANTES   Los moriscos a comienzos del siglo XVI mantienen la lengua árabe para los usos culturales como un signo importante de pertenencia a la «umma», medicine esa gran comunidad de creyentes en el mensaje del profeta. El árabe es la lengua de la revelación de dios, cialis la lengua de su verbo divino y por lo tanto la máxima expresión del Corán para su entendimiento. Los moriscos durante todo el siglo XVI y XVII aún realizaban obras en árabe de diversa índole, click a pesar de intentos como el del Cardenal Cisneros de acabar con su producción mediante la quema de libros. Las obras piadosas, de textos coránicos y de hadices, y las de jurisprudencia eran las más apreciadas por los moriscos. Es importante saber de esta producción literaria pues se demuestra que los moriscos mantenían la fe intacta en su religión. Una parte de la comunidad morisca fue perdiendo paulatinamente el contacto con la lengua árabe a partir de su incorporación a territorio cristiano, es decir, iban perdiendo la herencia cultural de sus antepasados pero por encima de todo  lo que suponía eran dificultades a la hora de recibir el mensaje de dios. Para salvar la herencia cultural recurren a la aljamía. « La aljamía significa para los moriscos el recurso a la lengua románica vernácula para expresar contenidos islámicos, desde el mismo texto del Corán hasta cualquier oración». BERNABÉ PONS, F. Luis: «Moriscos, conflictos, expulsión y diáspora», Catarata: Madrid, 2009. Pág.69. Los moriscos gracias a la aljama mantendrán unidos sus lazos entre creyentes musulmanes frente a unas autoridades que les imponen una religión que no entienden. En algunos casos detectados por la inquisición, el creyente musulmán solo conoce algunas oraciones, que recita de memoria sin entender, algunas costumbres y ceremonias, es decir, a pesar de que el modo de ser musulmán no es el apropiado por esa erosión que ha sufrido su cultura, debido a los intentos de hacerla desaparecer, es la voluntad de ser musulmán lo que ponen por encima de todo. Conservaban todas sus tradiciones incluidas las de la vida cotidiana. Los moriscos tenían sus propias formas de reconocerse como tal, levantaban el dedo índice que junto a la fórmula “Doy testimonio de que no hay otro dios que Dios y Muhammad es su enviado” simbolizaban su pertenencia a este credo. Muchos de los cristianos o la mayor parte de ellos desconocían su significado por lo que es de entender que los musulmanes conocían mejor el cristianismo de lo que los cristianos conocían el Islam. Esta insistencia en preservar su cultura y tradiciones es la que provocará que los cristianos comiencen a pedir que las abandonen y que de persistir en ellas sean expulsados. Hay que entender que se inicia un proceso de evangelización viciado por las condiciones impuestas y por los escasos beneficios de la cristianización, pues los moriscos que quisieran convertirse al cristianismo nunca serían reconocidos como cristianos viejos, con los beneficios que esto suponía. Con todo lo anterior es de suponer  que, a pesar de que llevan una vida pública de cristianos, debían seguir siendo musulmanes. Los bautismos forzosos no podían acabar de un plumazo con siglos de tradición y cultura islámica, eso sí, solo lo practicaban en un entorno seguro. El secreto y la discreción serán los pilares más importantes en sus vidas. Cristianos y musulmanes en un principio dominaban unos territorios de la península que les hacia tratarse de igual a igual con el otro. Con la conquista del reino nazarí de Granada en 1492 por los Reyes Católicos, que supone el final del avance cristiano en territorio peninsular, esta situación varió, el musulmán en cualquier punto de España en el que desarrollase su vida comenzó a ser considerado como el vencido, y por lo tanto su derrota tendría consecuencias. Desde el punto de vista legal siguieron gozando de todos los derechos, pero en la vida cotidiana la presión de los vencedores  fue creciendo hasta poner en cuestión la misma existencia de los musulmanes que vivían en territorio cristiano. Entre 1484 y 1492 tras los cruentos combates en ocasiones se había acordado la forma de capitular. Se habían conseguido acuerdos entre vencedores y vencidos, en algunos casos estos acuerdos suponían el reconocimiento de la libertad personal, la conservación de estructuras sociales y jurídicas, o el respeto de la estructura religiosa y cultural de los vencidos. Incluso en las últimas capitulaciones se le ofrecía al musulmán la posibilidad de conservar sus bienes. La capitulación de 1491 concedía la libertad inmediata de los cautivos. Las buenas intenciones que en un principio hemos relatado se quedaron solo en eso, en intenciones desmentidas por los hechos. Poco a poco la mayor parte de los derechos fueron siendo retirados de forma progresiva a los mudéjares. El derecho a portar armas o a comprar tierras les fue prohibido casi de inmediato, los viernes eran obligados a mantener las puertas abiertas porque este día es sagrado para los musulmanes. En 1495 y 1499 nuevos impuestos recayeron sobre los mudéjares exclusivamente. Toda esta presión a la que fueron sometidos los mudéjares tuvo como consecuencia las primeras revueltas. El 18 de diciembre de 1499 se sublevaron los mudéjares del Albaicín de Granada ante la intransigencia del Cardenal Cisneros que había comenzado a poner en marcha las primeras conversiones forzosas. Tras tres días de intensos los sublevados depusieron las armas a cambio de una promesa de amnistía para todos aquellos que decidiesen convertirse al cristianismo. Mientras que en Granada todo volvía a la calma en otras partes del reino se intensificaban las revueltas. En el año 1500 en la Alpujarra un grupo de amotinados dirigidos por Ibrahim Ibn Ummaiya consiguieron apoderarse de varias fortalezas cristianas, pero la rebelión fue controlada hasta tal punto que los cristianos aprovecharían para ocupar Lanjarón y Andarax. Las revueltas se extendieron desde Granada a Almería hasta llegar a Málaga. El rey Fernando intervino personalmente poniendo fin a estas sublevaciones por la fuerza de las armas. Los mudéjares de Andalucía se convirtieron en masa al cristianismo, ante el temor de represalias por parte del rey. En el resto de la corona de Castilla los mudéjares eran ajenos a estas revueltas pero los sucesos de Granada dieron lugar a la aprobación de una cédula real, el 12 de Febrero  de 1502, en la que se les obligaba a elegir entre la conversión y el destierro. Pero ¿cómo podían asegurarse una conversión sincera?, los siguientes años se toman medidas como el reconocimiento de que los nuevos conversos sean sometidos al régimen común al que pertenecía cualquier cristiano viejo, se les imponen los mismos impuestos y el derecho alas mismas exenciones. Sin embargo a pesar de reconocer estos derechos, muchos textos reconocían «rasgos culturales específicos que con el tiempo desaparecerían» Eso es lo que en un principio habían pensado, como si ser musulmán fuese una enfermedad que se curaría con la medicina de la conversión. Con el tiempo se dieron cuenta de que la campaña de conversiones había fracasado, que no habían extirpado el problema del Islam y por lo tanto había que tomar medidas. En Granada en 1526 se selló un documento en el que se negaba todo particularismo morisco, algunos artículos de este documento prohibían o limitaban la utilización del árabe escrito u oral, la posesión de símbolos que perteneciesen al Islam, la circuncisión, la manera ritual de matar a los animales, en definitiva lo que se prohibía cualquier costumbre que revelara el origen musulmán. Todas estas medidas adoptadas por la corona de Castilla se tomarían como referencia en Aragón, a pesar de que Carlos I desmentía una y otra vez que preparara la expulsión de los mudéjares. En Valencia los agermanados, tras el asesinato de dos negros por musulmanes, comenzaron el linchamiento de todo mudéjar que se encontraran en su camino. En 1522, el problema mudéjar lejos de solucionarse se abría paso con más fuerza si cabe. Tras tres años en 1525 se dio orden de que los musulmanes pertenecientes a la corona de Aragón abrazasen la fe cristiana. Dos representantes de los musulmanes tras intensas negociaciones consiguieron que, a pesar de la conversión y previo pago de 40.000 ducados, durante diez años pudiesen utilizar el árabe, la utilización de cementerios distintos o el respeto de los matrimonios consanguíneos ya consumados. Este acuerdo finalmente no sería respetado dando lugar a diversas revueltas en la que tuvieron que intervenir los ejércitos regulares de la corona, pues la resistencia de algunas comarcas de Valencia intensamente islamizadas fue feroz. Hasta 1526 no fueron sofocadas las revueltas de Benaguacil, Almonacid y la sierra del Espadán. En 1526 se produce una pausa en la represión antimorisca, tanto en el reino de Granada como en Aragón se analiza como era la situación en la que se encontraban los moriscos. Fue el propio Carlos V el que solicitó este informe que mostró unos resultados demoledores: los moriscos sufrían exacciones múltiples y permanentes por parte de los cristianos, eran injuriados, víctimas de expoliaciones, se les arrancaban los velos a sus mujeres, etc. La conclusión de este informe provocó un cambio en el intento de cristianizar  a esta minoría. En un principio la conversión fue una práctica elitista, se atraía a las familias ilustres para que los demás lo tomasen como ejemplo, a partir de 1526, las conversiones se centran en todos los moriscos sin excepción. Durante tres décadas parece que se establece la calma hasta el año 1555-1568 en el que de nuevo comienzan las tensiones. Los intentos de cristianizar fracasan: «los moriscos son más moros que nunca y, decididos a conservar sus costumbres y prácticas» DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio / BERNARD Vincent: «Historia de los moriscos», Alianza Universidad: Madrid, 2003. Pág. 28 A los problemas intestinos que se producen en la península se añade uno que procede del exterior, los turcos y la piratería berberisca. En castilla y Aragón existía cierta preocupación por que los moriscos sirviesen de punta de lanza y fuesen susceptibles de facilitar apoyo a un ataque enemigo. En 1563 se promulgó un decreto por el cual se registraron 16.377 casa moriscas en las que se confiscaron« 330 armas de fuego y 27145 armas blancas» DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio / BERNARD Vincent: «Historia de los moriscos», Alianza Universidad: Madrid, 2003. Pág.31. En Granada  los terrenos y límites de las fincas moriscas fueron revisadas así como los títulos de propiedad de estas, si no los poseían eran multados. Esta situación contribuyó a aumentar la tensión en la zona. Esta situación y la impotencia de los obispos por el fracaso de la evangelización dieron lugar a una convocatoria del sínodo provincial de Granada en el que se abogaba por las prohibiciones de su lengua, vestido, baños, ceremonias de culto y los ritos que les acompañan, las zambras etc. Los prelados exigían que: se les prohibiera tener esclavos, que se pronunciasen más condenas a galeras contra ellos, más prohibiciones de residencia, que una docena de familias de cristianos viejos  se establecieran en cada lugar, que deberían visitarse con frecuencia las casas moriscas los viernes sábados y días festivos. Todas estas reclamaciones fueron aceptadas, a todo ello se le añadió la prohibición de todos los libros árabes en el periodo de tres años. Los moriscos descontentos con los acontecimientos que se iban sucediendo dieron el paso definitivo para el alzamiento el 24 de Diciembre de 1568. Lo que en un principio se tomó como un conflicto de escasa importancia llegó a ser de una gran preocupación para Felipe II. Desde 1568 hasta 1570 se dieron una serie de enfrentamientos contra los sublevados moriscos, dirigidos por Aben Humeya, Aben Aboo y El Zaguer. La incapacidad de  de las tropas españolas por acabar con la revuelta hace que Felipe II recurra a su hermano, Juan de Austria. Hernando de Córdoba (Aben Humeya) era veinticuatro regidor de Granada. Se convirtió en un proscrito que se vio al mando de un ejército de cuatro mil hombres. Abén Humeya nombra allí mismo alguacil mayor a su principal rival Farax ben Farax (Abén Farag), jefe de la todavía poderosa familia de los Abéncerrajes famosa por su crueldad en las batallas. El día siguiente Abén Farag ataca Lanjarón y quema la iglesia con 20 cristianos dentro, rápidamente se aleja y toma los pueblos de Poqueira, Pitres, Juviles y Ugíjar. Estos acontecimientos hacen que Felipe II en Enero de 1569 envíe dos poderosos ejércitos, uno al mando del marqués de Mondéjar que acampó en Órgiva y el otro al mando del marqués de los Vélez que situó su cuartel en Terques. La incapacidad de  de las tropas españolas por acabar con la revuelta hace que Felipe II recurra a su hermano, Juan de Austria. Hay un hecho fundamental para la derrota definitiva de la rebelión, la falta de apoyo por parte de los turcos  y de Argel. También los moriscos de la corona de Aragón se abstuvieron de participar en las revueltas, todo lo anterior, y teniendo en cuenta que los moriscos en Valencia habían sido desarmados como vimos tras el decreto promulgado  en 1526, provocó que la revuelta fuese sofocada y los grandes líderes de ésta asesinados. El uno de Noviembre de 1570 los moriscos fueron reunidos pueblo por pueblo para ser conducidos bajo buena escolta fuera del reino de Granada. En total unas 50.000 personas tuvieron que abandonar sus casas y sus raíces independientemente de si habían participado en la sublevación o no. Sufrieron el exilio, el que tuvo suerte, porque en la larga caravana de exiliados perecieron muchos de ellos. La deportación de los moriscos granadinos se realizó en columnas de 1.500 a 2.000 personas, escindidas en escuadras de 500 individuos. Cada columna seguía un itinerario particular con el fin de asegurar un mejor avituallamiento. Como media, la expedición recorría un poco más de 4 leguas al día, y para evitar que los más fuertes escapasen, se les ataba con esposas. La expulsión se produjo en tres fases dando lugar a más de 80.000 exilios. Pero con el exilio no se acaba el problema pues la mayor parte de los moriscos que habían sido expulsados de sus casas se establecieron en  Aragón Felipe II aún temía cual podría ser el papel que podrían desempeñar los moriscos en una posible invasión turca del territorio peninsular por lo que en los años siguientes al destierro de los moriscos granadinos la desconfianza en ellos fue la nota dominante pues las relaciones entre los moriscos y Constantinopla nunca se había roto. Entre 1589 y 191 los turcos planearon dos grandes desembarcos para socorrer a los moriscos españoles pero los planes de invadir la península fueron desbaratados. Los moriscos aragoneses de nuevo fueron desarmados, mientras que surgía una nueva preocupación para Felipe II, la concentración de los moriscos cerca de las costas mediterráneas, en las proximidades del reino de Granada y Valencia. Los moriscos poco a poco volvían a instalarse por toda la península Este resurgir del problema hizo que las posturas se radicalizasen, se pedía y demandaba al rey que tomase cartas en el asunto y que se dejara de expulsiones o exilios parciales sino que tomase la decisión de su expulsión definitiva del territorio peninsular, como se demuestra en este fragmento: «El que quisiere baptizar a su hijo que le baptize, y el que no que no le baptize, y que destos que quisieran baptizar a sus hijos y voluntaria y libremente aceptar la fe católica se haga república aparte y se incorporen con los cristianos, en medio dellos, y les obliguen a confesar y comulgar y a todas las demás obras christianas , y que estén por minuta y se tenga quenta con ellos assi en como viven como en sus casamientos, de manera que les den orden para que se casen con gente nuestra…advirtiéndoles que se usará de tanto rigor con ellos si se apartan de la fe católica como se usa oy día con los luteranos; y a estos, como serán pocos( si algunos son) se les podrá dar forma de ser instruidos en particular, y podrase tener speranza alguna, y los que no querrán baptizar sus hijos serán del todo cosnocidos por enemigos y no havrá para que gastar mas agua con ellos y tenellos como moros guardándoles la ley natural, y en los lugares dellos y a costa dellos tener un fuerte, y allí soldados para que estuviesen seguros dellos, y que los justicias y gobernadores dellos fuesen cristianos, y en lo que toca a su secta, ni les ayudasen ni les estorvasen, y no sería que les permitiesen algún edificio como pajar en que sus ceremonias hiziesen pues no ay ese peligro que se haga un christiano moro…»DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio / BERNARD Vincent: «Historia de los moriscos», Alianza Universidad: Madrid, 2003. Pág. 69-70   Casi la totalidad de la jerarquía eclesiástica era favorable a su expulsión pero sin entregarlos al Islam, por ello algunos plantearon la posibilidad de mandarlos a Terranova, es decir, a un lugar lo más inhóspito posible. En 1598 Felipe III sucedía a su padre y, al igual que éste, abordó el problema morisco desde el punto de vista de la conversión forzosa sin tener en cuenta la expulsión, en un principio, pero la jerarquía eclesiástica, encabezada por Ribera seguía presionando para que se produjese la expulsión definitiva. Lo que se pedía era que como herejes y traidores merecían la muerte, y que se les haría un favor si se les permitía el destierro y la esclavitud.  Durante 10 años el rey había impedido y frenado los planes de expulsión pero cada vez más voces se alzaban en pos de la expulsión de los moriscos. Finalmente el 30 de Enero de 1608, se reunió el Consejo de Estado en pleno y acordó por unanimidad que los moriscos fueran expulsados de España. La empresa de la expulsión no era fácil, primero se expulsaría a los moriscos de Valencia. Los moriscos residentes en Aragón serían respetados debido a que podría crear mucho malestar en los señores aragoneses su expulsión ya que, a diferencia de otros lugares como Granada donde se dedicaban al comercio o al transporte, en Aragón realizaban todas las profesiones necesarias a la vida social, incluso formaban núcleos burgueses. La decisión de expulsar a los moriscos debía basarse en su infidelidad y en su traición y por lo tanto a ojos de todo el mundo debía quedar claro que aquella minoría era expulsada de España en virtud de una sentencia justa. En 1608 muchos moriscos tenían claro que el decreto promulgado se llevaría a efecto y por lo tanto decidieron realizar un éxodo voluntario dirigiéndose a Francia desde podrían embarcarse hacia el norte de África. El destino preferido fue Túnez, el país más acogedor. Finalmente se decidió comenzar la expulsión por los valencianos, en Septiembre  de 1609.  La mayor parte de los moriscos valencianos abandonaron sus casas para dirigirse a las costas de berbería, Marruecos, Argelia, Libia o Túnez fueron los destinos siendo este último el preferido por los exiliados. Las malas noticias que empezaban a llegar sobre la suerte que corrían los que desembarcaban en Berbería provocaron un intento de resistencia desesperada en la zona montañosa del interior de Valencia. Los tercios italianos masacraron a los moriscos y pusieron fin a su resistencia. No se sabe cuantos perecieron pero unos tres mil supervivientes fueron embarcados para su destierro:   «Por tan largo discurso de años he procurado la conversión de los moriscos de este reino de Valencia y del de Castilla y los edictos […] y diligencias que se han hecho para convertirlos a nuestra fe y lo poco que todo ello ha aprovechado […]. He resuelto que se saquen todos los moriscos de este reino y que se echen en Berbería. Y para que se ejecute lo que S. M. manda, hemos mandado publicar el bando siguiente: Primeramente, que todos los moriscos de este reino, así hombres como mujeres con sus hijos, dentro de tres días [ ..] salgan de él y vayan a embarcarse a la parte donde el comisario les ordenare, llevando consigo de sus haciendas los muebles, los que pudieran en sus personas, para embarcarse en las galeras y navíos que están aprestados para pasarlos en Berbería, adonde los desembarcarán sin que reciban mal tratamiento ni molestia en sus personas. Y el que no lo cumpliere incurra en pena de vida, que se ejecutará irremisiblemente. Que cualquiera de los dichos moriscos que, publicado este bando, y cumplidos los tres días, fuese hallado fuera de su propio lugar, pueda cualquier persona, sin incurrir en pena alguna, prenderle y desvalijarle, entregándole al Justicia del lugar más cercano, y si se defendiere lo pueda matar. Que cualquiera de los dichos moriscos que escondiere o enterrase alguna hacienda que tuviere por no la poder llevar consigo o pusiese fuego a las casas, sembrados, huertas o arboledas, incurran en la dicha pena de muerte los vecinos del lugar donde esto sucediere». Expulsión.   La expulsión de los moriscos de la corona de Castilla no tuvo las incidencias dramáticas que la realizada en Valencia. Se dan dos novedades importantes, se les dejaba vender sus bienes y debían de abandonar a los menores de 7 años, a menos que fueran a tierras cristianas, de cuya educación se harían cargo las autoridades correspondientes. Que tuvieran que abandonar a sus hijos menores hizo que muchos de los moriscos decidiesen abandonar el país por Francia para evitar la tragedia de tener que abandonar a sus hijos. Los moriscos andaluces abandonaron la península a la vez que los de Extremadura y las dos castillas, sólo se les permitía llevar el dinero justo para el viaje pero limitándoles la salida, no debería ser ni por Andalucía, Murcia, Valencia ni Aragón: El Rey «Don Manuel de Benavides cuyo diz que es Jabalquinto demas de lo que se os dize en la carta que acompaña el bando que se ha de publicar en vuestra tierra, a parecido ordenaros y mandaros como lo hago que en la publicación del dicho bando añadays que los moriscos que en ella residen no puedan salir por los Reynos de Castilla Vieja y Nueva ni por Extremadura y la Mancha, sino solo por los puertos de mar del Andaluzia, Granada y Murcia, porque asi conviene a mi servicio y avisareisme de de averlo asi cumplido.» De Madrid a 3 de enero de 1610 Finalmente, Felipe III, pasará a la historia como el rey que hubo expulsado a los moriscos españoles. Las consecuencias económicas de la expulsión fueron muy importantes, a pesar de que se intentó minimizar su impacto justificando que solo se dedicaban a cultivar huertas. En realidad la expulsión de los moriscos tuvo una repercusión mayor pues ciudades importantes perdían a buena parte de su población, ciudadanos que ocupaban todos los sectores comerciales y que por lo tanto dejaban notar su ausencia. La expulsión de los moriscos tuvo consecuencias nulas para las regiones más septentrionales, despreciables para Cataluña, severas para Aragón, y de notable intensidad para el reino de Valencia. En resumen fue un factor importante y de peso en la recesión del reino de España en el siglo XVII pero el desastre que han defendido diversos autores, a nivel económico.     BIBLIOGRAFÍA ARENAL –GARCÍA, Mercedes: Inquisición y moriscos. Los procesos del tribunal de Cuenca, Siglo veintiuno: Madrid, 1978. BERNABÉ PONS, F. Luis: Moriscos, conflictos, expulsión y diáspora, Catarata: Madrid, 2009. DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio / BERNARD Vincent: Historia de los moriscos, Alianza Universidad: Madrid, 2003.   http://www.lasalpujarras.org/moriscos/index.htm ( Consultada 20 de octubre de 2013) http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/historia-del-sic-rebelion-y-castigo-de-los-moriscos-del-reino-de-granada-( Consultada 20 de octubre de 2013) http://www.webislam.com/videos/58452 documental_y_debate_la_expulsion_de_los_moriscos.html( Consultada 20 de octubre de 2013) http://historiadeaielo.blogspot.com.es/2010/12/aportacion-la-h-de-ayelo-de-malferit.html( Consultada 20 de octubre de 2013) http://www.islamyal-andalus.es/index.php?option=com_content&view=article&id=8226:la-zambra&catid=61:andaluces&Itemid=152( Consultada 21 de octubre de 2013) http://www.artehistoria.jcyl.es/histesp/obras/10970.htm( Consultada 23 de octubre de 2013) http://blogs.ua.es/moriscosespanamoderna/2011/01/12/moriscos-vida-conversion-y-expulsion-de-aragon-ii-las-germanias/( Consultada 23 de octubre de 2013) http://www.rtve.es/alacarta/videos/los-moriscos/moriscos-sublevacion-destierro-expulsion/921955/( Consultada 21 de octubre de 2013) http://www.granada.org/inet/bibliote.nsf/660ae4ac1774d40ec12574a5003390b1/53b88947264ffbb1c125770a0043c6ab!OpenDocument&ExpandSection=1( Consultada 24 de octubre de 2013) http://www.moriscostunez.com/2009/09/decreto-de-expulsion-de-los-moriscos.html( Consultada 24 de octubre de 2013) http://www.mcu.es/principal/docs/novedades/2010/BN_MemoriaMoriscos.pdf( Consultada 24 de octubre de 2013)      

David Cano 24 octubre, 2013 24 octubre, 2013 Cervantes, conversión, expulsión, moriscos
14 Antonio de Sosa, y certificación final de Juan Gil

(En el fol.48v: “Son 51 hojas útiles”   (DECLARACIÓN AÑADIDA DE ANTONIO DE SOSA, cialis sale ESCRITA DE SU PROPIA MANO EL 22 DE OCTUBRE DE 1580).   Yo, viagra el doctor Antonio de Sosa, cautivo al presente en este Argel, doy fe y testimonio verdadero a todos los que leyeren o vieren esta cédula y relación firmada de mi nombre, cómo yo he visto y leído estos artículos arriba escritos que Miguel de Cervantes presentó al muy reverendo señor padre fray Juan Gil, redentor de los cautivos por su majestad.   Y pues por causa de mi continuo y estrecho encerramiento –en que mi patrón me tiene con cadenas–, no he podido dar testimonio y deposición sobre cada uno de ellos, diré aquí lo que en mi conciencia entiendo y sé de ellos, de esta manera:   1. Y cuanto al primer artículo, yo no soy deudo ni pariente del dicho Miguel de Cervantes.   Y cuanto a lo demás contenido en este artículo, es verdad que todo el tiempo que ha que estoy cautivo en este Argel, que son tres años y ocho meses, lo conozco y he comunicado y tratado muy a menudo y familiarmente.   2. Cuando al dos artículo, sé que es verdad lo contenido en él porque es notorio y lo entendí de muchas personas que con el mismo Miguel de Cervantres cautivaron juntamente.   3. Cuando al tercer artículo, sé que es verdad lo contenido en él porque le he visto siempre ser tratado y reputado de todos por tal, y en sus obras y costumbres no he visto o notado cosa en contrario alguna, antes he visto muchos en que mostraba ser tal como en este artículo se dice.   4. Cuanto al cuatro artículo, sé que es verdad lo contenido en él porque, (a)demás de se me quejar el dicho Miguel de Cervantes muchas veces de que su patrón le hubiese tenido en tan grande opinión que pensaba ser de los más principales caballeros de España, –y que por eso lo maltrataba con más trabajos y cadenas y encerramiento–, lo mismo también he oído muchas veces decir y a muchos que lo sabían y habían visto con sus ojos.   Y de la misma manera sé lo demás contenido en el dicho artículo, y de cómo procuró dar libertad de aquella manera a los dichos cristianos, porque era cuando yo cautivé muy notorio y lo oí decir a personas que no dirían sino verdad.   5. Cuanto al cinco artículo, digo que todo lo contenido en el dicho artículo pasa ni más ni menos en la verdad como en él se dice.   Porque yo fui uno de los con que el dicho Miguel de Cervantes comunicó muchas veces y en mucho secreto el dicho negocio.   Y que para el mismo negocio fui muchas veces de él convidado y exhortado, y no se hizo cosa en el tal negocio que particularmente no se me diese de ello parte.   Y cierto que se debe mucho al dicho Miguel de Cervantes, porque lo trató con mucha prudencia, cristiandad y diligencia, y merece se le haga toda merced.   6. Cuanto al seis artículo, sé que es verdad lo contenido en él, y de la manera que en él dice.   Porque, como tengo dicho de antes en el otro artículo, el dicho Miguel de Cervantes cuando enviaba a la cueva los cristianos, me avisaba luego de todo y daba parte de su cuidado y diligencias que hacía, y cómo los proveía y enviaba ver y proveer y visitar,   importunándome muchas veces que yo también me encerrase con los demás en la dicha cueva.   Y el día que se fue a encerrar en ella, se vino (a) despedir de mí.   Y es muy gran verdad que se puso a manifiesto peligro de una muy cruel muerte, cual estos turcos suelen dar a los que hallan en semejantes tratos y negocios.   7. Cuanto al siete artículo, es verdad lo contenido en él.   Porque, (a)demás de ser muy notorio, yo mismo hablé después y lo supe de marineros que con la misma fragata vinieron, que cautivaron después.   Y me contaron por extenso cómo vinieron dos veces, y la causa de su temor, y cómo por poco no se efectuó una cosa de tanta honra y servicio de Dios.   8. Cuanto al ocho artículo, sé que es verdad lo contenido en él porque fue cosa muy notoria y pública por todo Argel.   Y el mismo día y hora que el dicho Dorador hizo tan grande maldad, pensando él que yo también esperaba por aquella fragata para ir en ella, se vino a casa de mi patrón, y a mi aposento, y comenzó con fingidas y coloradas palabras a excusarse no le pusiesen la culpa de aquella traición.   Y sé que, así como él prometió a otros hacerse moro, se hizo después y vivió moro tres años.   Hasta que murió en el mismo día que descubrió este negocio al rey Hasán, que fue el día de San Jerónimo, postrero de septiembre.   Y sé también que es verdad que el dicho rey envió los turcos armados y moros a pie y a caballo a prender al dicho Miguel de Cervantes y sus compañeros, como en el dicho artículo se dice, porque fue cosa muy pública y muy notoria en este Argel.   9. Cuanto al nueve artículo, sé que es verdad lo contenido en él porque lo he oído decir a los que se hallaron allí presentes entonces y estaban escondidos en la dicha cueva, y vinieron con el dicho Miguel de Cervantes presos.   Y, así, se vio por experiencia que a sólo Miguel de Cervantes maniataron los turcos por mandado del rey, y sólo él se cargaba toda la culpa.   Y sin duda él escapó de una buena, porque pensamos todos le mandase matar el rey.   10.   Cuanto al diez artículo, sé que fue así como en él se dice todo verdad, porque fue cosa notoria y pública en Argel y lo he oído con (roto) y decir algunas veces a quien lo sabía.   Y particularmente sé que de esta manera fue libre de grandísimo peligro de la vida el reverendo padre fray George Olivar, comendador de la Merced de la ciudad de Valencia.   El cual –aquella misma mañana– me envió a mí luego avisar del temor en que estaba, y que le guardase una casulla, piedra de ara y un retablo, y corporales y otras cosas sagradas, que temía los turcos que el rey enviase a su casa a prenderle no le tomasen y profanasen.   11. Cuanto a once artículo, todo lo contenido en él es verdad, porque así fue fama pública y lo oí decir a muchas personas que me lo vinieron (a) decir y contar a mi aposento y cadenas.   12. Cuanto al doce artículo, lo contenido en él es verdad porque también –como lo arriba dicho— fue muy público y notorio, y lo supe luego de personas que lo sabían y vieron empalar al dicho moro.   13. Cuanto al trece artículo, sé que todo y cada cosa contenido en el dicho artículo es verdad.   Porque el dicho Miguel de Cervantes comunicó muchas veces el negocio conmigo, dándome relación de lo que hacía y ordenaba.   Y cómo, después, lo tenía ordenado y a punto.   Y me convidó a ser uno de los que en dicha fragata habían de ir.   Y, así, no se trató cosa sobre este negocio  que él y los dichos mercaderes no tratasen y comunicasen conmigo, y tomasen mi parecer y consejo sobre ello.   14. Cuanto al catorce artículo, sé de cierto que todo lo contenido en él pasa en la verdad.   Porque –como tengo dicho— yo fui uno de los que el dicho Miguel de Cervantes avisó, y que estaba ya aparejado para con él ir en la dicha fragata, y con otros muchos caballeros, sacerdotes y letrados, y criados de su majestad, y casi toda la flor de los cristianos que entonces había en Argel.   Y vuelvo a decir que se debe muy mucho al valor del dicho Cervantes.   15. Cuanto al quince artículo, es verdad lo contenido en él.   Porque fue cosa muy notoria y manifiesta que lo descubrieron al dicho rey Hasán.   Y se murmuró por todo Argel, y entre todos los cristianos se afirmaba que Juan Blanco de Paz lo había dicho a Cayruan, renegado del rey, y que después él en persona lo ratificara y confirmara delante del rey, por lo cual el dicho Juan Blanco de Paz era muy odiado y malquisto de todos.   Y hubo cristianos que me dijeron que estaban para le dar puñaladas por haber hecho tal cosa.   A los cuales yo rogué y persuadí se dejasen de tales pensamientos y de hacer a un sacerdote cosa tan horrenda como matarle y darle puñaladas.   Y, en efecto, el dicho Juan Blanco tenía por enemigos a todos los que entraban en este negocio y eran de él participantes, no los hablando y huyendo de ellos.   Y particularmente entendí que tenía más enemistad con los dichos mercaderes que dieron el dinero para comprar y aparejar la fragata, como de la boca de los mismos mercaderes lo oí y entendí muchas veces.   Y también lo tenía particular con el dicho Cervantes, a quien luego quitó la habla y conversación. Y Miguel de Cervantes también a él.   Y tenía gran temor el dicho Miguel de Cervantes, y con razón, que le viniese de aquello algún gran mal y pérdida de la vida.   16. Cuanto al diez y seis, es verdad lo contenido en el dicho artículo.   Porque el dicho (O)nofre (E)xarque me comunicó esta su intención de enviar al dicho Miguel de Cervantes a España, y me pareció que acertaba en ello, aunque el dicho Miguel de Cervantes no lo quiso aceptar.   Y de lo demás contenido en este capítulo fue también entonces pública fama y voz, como de cosa notoria.   17. Cuanto al diez y siete artículo, sé ser verdad lo contenido en él porque así fue público y notorio.   Y lo entendí de personas que tenían a cargo saber lo que pasaba con el rey el dicho Miguel de Cervantes, por respecto del temor con que estaban muy muchos cristianos no fuesen  ellos descubiertos y el rey los mandase matar o tomar por esclavos.   Y, así, fue cosa muy manifiesta cómo se defendió el dicho Miguel de Cervantes y cómo el rey no pudo saber de él cómo pasaba aquel negocio.   Y cómo el rey le mandó meter en cadenas en la cárcel y le tuvo allí muchos meses.   Y, cierto, le llevara a Constantinopla y nunca tuviera libertad si el muy reverendo señor padre fray Juan Gil, redentor de los cautivos de la orden de la Santísima Trinidad, el día mismo que el mismo rey Hasán se partía para Constantinopla, que fue a los 19 de septiembre, no le rescatara en 500 escudos de oro.   18. Cuanto al diez y ocho artículo, es verdad lo contenido en el dicho artículo porque lo he así oído decir a muchos, que se confesaba y comulgaba y oía sus misas, y hacía bien a cristianos y exhorataba los pusilánimes y flacos y tibios.   Y en la conversación estrecha que con el dicho Miguel de Cervantes he tenido todos estos tres años y ocho meses, siempre noté en él costumbres y señales de muy buen cristiano.   Y sé que se ocupaba muchas veces en componer versos en alabanza de Nuestro Señor y su Bendita Madre, y del Santísimo Sacramento, y otras cosas santas y devotas.   Algunas de las cuales comunicó particularmente conmigo y me las envió que las viese.   19. Cuanto al diez y nueve artículo, es verdad todo lo contenido en él, y de la manera que en él se dice. Porque parte lo he visto con mis ojos y parte de los mismos principales cristianos y de los redentores lo he oído, que le trataban y tenían por amigo y tenían en su ca(sa: roto) algunos de ellos y ponían a su tabla.   20. Cuanto al veinte artículo, es verdad lo contenido en él.   Y en tres años y ocho meses que ha que converso al dicho Miguel de Cervantes, no he notado o visto en él ni vicio ni cosa de escándalo.   Y si tal no fuera, yo tampoco no le tratara ni comunicara, siendo cosa muy notoria que es de mi condición y trato no conversar sino con hombres y personas de virtud y bondad.   21. Cuanto al veintiuno artículo, lo contenido en él he oído decir y afirmar a algunas personas dignas de fe y tengo para mí ser verdad así como en él se dice.   22. Cuanto al veintidós artículo, sé que es verdad que el dicho Juan Blanco de Paz, este mes de julio pasado y el de agosto, se hacía y publicaba en este Argel por comisario del Santo Oficio.   Y como tal requirió al muy reverendo padre fray Juan Gil, del orden de la Santísima Trinidad, redentor de los cautivos, y a su compañero el padre fray Antonio de la Villa, y a los padres teatinos de Portugal –que entonces aquí se hallaban redimiendo cautivos–, que le diesen obediencia y reconociesen por tal.   Y les hizo a todos hacer de eso sus actos firmados de todos.   Y también a mi me requirió –día del apóstol Santiago, estando yo en mi aposento, donde entró con licencia de mi patrón— que le diese también la misma obediencia.   Y demandándole yo me mostrase con qué poderes era el comisario del Santo Oficio, me dijo que no los tenía aquí.   Y yo le repliqué que pues no los mostraba –ni me constaba por otra vía legítima que él fuese comisario del Santo Oficio–, se fuese en buena hora y no me tratase de eso.   Antes, le requerí –de parte de Dios y de su majestad y del Santo Oficio–, que mirase lo que hacía y cómo usaba de poderes de comisario del Santo Oficio tomando informaciones y dando juramentos, porque podían suceder grandes escándalos.   Y que aguardase primero qué orden le darían para ello los señores del Santo Oficio.   Y lo mismo sé que le requirió después el señor padre fray Juan Gil, redentor de España, y que le mostrase los poderes que tenía.   Y él no los mostró, y dijo no los tener.   Y, con todo, he sabido después que el dicho Juan Blanco, usando todavía de oficio de comisario del Santo Oficio, había tomado muchas informaciones contra muchas personas, y particularmente contra los que tenía por enemigos, y como contra el dicho Miguel de Cervantes, con el que tenía enemistad.   23. Cuanto al artículo veintitrés, es verdad lo contenido en él.   Y lo sé porque así lo entendí de muchos cristianos. Los cuales de esto estaban y están muy escandalizados del dicho Juan Blanco. Y oí decir a algunos que decía el dicho Juan Blanco que tomaba aquellas informaciones y contra aquellas personas –como era el dicho Miguel de Cervantes–, porque los tenía por enemigos.   Y porque si ellos en España dijesen de él algo, sus testimonios y dichos no fuesen valiosos ni creídos.   24. Cuanto al artículo veinticuatro, digo lo mismo que en el artículo veintitrés, y que así lo he oído decir y platicar a muchos en este Argel, como y de la manera que en el dicho artículo veinticuatro se dice y se contiene.   25. Cuanto al artículo veinticinco, por estar de continuo encerra(do: roto) en esta casa oscura y cargado de cadenas, no sé lo (roto: con)tenido en este capítulo o artículo, más de que lo he así oído decir a algunos cristianos.   La cual relación y deposición mía en la forma y manera que arriba tengo dicha pasa en la verdad, y como tal lo afirmo y juro y quiero se dé fe y verdadero crédito, y por tal lo firmo de mi mano en Argel a 22 de octubre 1580.   Pedro de Ribera, notario apostólico (rúbrica). El doctor Sosa (rúbrica).     (FRAY JUAN GIL CERTIFICA EL TESTIMONIO DEL DOCTOR SOSA).   Digo yo, fray Juan Gil, de la orden de la Santísima Trinidad y redentor de cautivos por su majestad en este Argel, que yo conozco al doctor Antonio de Sosa, al presente cautivo en este Argel, porque familiarmente le trato y converso todo el tiempo que ha que estoy en Argel.   Y sé que es de tanta honra y tal cualidad que en todo lo arriba dicho no diría sino la pura verdad, como quien es.   Y esta escritura es de su propia mano.   Y esta firma arriba puesta es la suya propia.   En testimonio de lo cual firmé aquí de mi mano, hoy 22 de octubre 1580, en Argel.   Fray Juan Gil, redentor de cautivos (rúbrica).                                                           (Página final, el fol.52r). FIN.

Emilio Sola 12 febrero, 2012 12 febrero, 2012 Antonio de Sosa, ARGEL, Blanco de Paz, Cervantes, información, Juan Gil
13 Cervantes solicita una copia, y certificación de Juan Gil

(CERVANTES SOLICITA UNA COPIA DE LA INFORMACIÓN).     Y así, diagnosis hecha y acabada la dicha información y probanza en la manera que dicha es, hospital el dicho Miguel de Cervantes (fue) ante su paternidad del muy reverendo padre fray Juan Gil, redentor de España por su majestad,   y le pidió y suplicó –y si necesario fuese le requería y requirió— mande a Pero de Ribera, notario apostólico susodicho –ante quien se ha hecho la dicha probanza– le mande dar un traslado de la dicha porbanza autorizado en pública forma y en manera que haga fe   para lo presentar ante su majestad y ante quien más le convenga. Y pidió justicia.   (JUAN GIL MANDA A PEDRO DE RIBERA QUE DE A CERVANTES UNA COPIA DE LA INFORMACIÓN)   Y, luego, por su parternidad visto lo pedido por parte del dicho Miguel de Cervantes, dijo que mandaba, y mandó, a mí, el dicho Pedro de Ribera –notario ante quien ha pasado la dicha probanza que pide el susodicho Miguel de Cervantes— le dé un traslado como lo pide, autorizado en manera que haga fe.   En la cual dijo que interponía, e interpuso, su autoridad y decreto judicial –tanto cuanto puede y con derecho debe— para que valga y haga fe donde quiera que pareciere,   y firmolo fray Juan Gil.   Yo, Pedro de Ribera, notario apostólico que a todo lo que dicho es presente fui con los testigos arriba declarados. Y se escribió de mano ajena, y la si(g)né y suscribí de mis acostumbrados si(g)no(s) en testimonio de verdad rogado y requerido.   (Signo) Pedro de Ribera, notario apostólico.     (TESTIMONIO Y CERTIFICACIÓN DE FRAY JUAN GIL)     Yo, fray Juan Gil, de la orden de la Santísima Trinidad y redentor de los cautivos de España,   estante en este Argel por mandado de su majestad y su Real Consejo,   por ésta, firmada de mi nombre,   doy fe y verdadero testimonio a todos los que leyeren o vieren o les fueren preseados estos testigos y testimonios arriba escritos   –sacados del propio original fiel y verdaderamente y firmados al cabo y aprobados por Pedro de Ribera, escribano y notario entre cistianos en este Argel–,   que yo conozco a todos los testigos que en esta información han hecho su deposición y dado sus testimonios, firmados de sus nombres.   Los cuales son de los principales y más calificados cristianos que hay en este Argel, personas de honra y de verdad, y por lates tenidos y habidos de todos.   Y que sus testimonios no dirían si no la verdad en todo lo que han dicho y jutado.   Item más, doy también fe y testimonio de que Pedro de Ribera, estante en este Argel, es ordinario escribano entre los cristianos, así mercaderes como otros libres y cautivos, y ha muchos años que usa del dicho oficio de escribano público y notario apostólico.   Y en sus actos y escrituras –aquí y en tierra de cristianos— se da entera fe y se tienen por firmes y valiosos. Y, así, la misma fe se debe dar a este traslado y copia de testimonios que él sacó o mandó sacar del propio original, y que van autenticados y firmados de su firma y señal de público escribano, que es la que está arriba.   Y el propio original que yo mismo he visto y leído, que conforma en todo a este traslado y copia. Queda en poder del mismo Pedro de Ribera, escribano.   Item, de la misma manera doy fe y testimonio que dende el tiempo que estoy en este Argel haciendo la redención por mandado de su majestad, que son seis meses, he tratado y conversado y comunicado particular y familiarmente al dicho Miguel de Cervantes, en cuyo favor se hizo esta información, y le conozco por muy honrado, que ha servido muchos años a su majestad, y particularmente en este su cautiverio ha hecho cosas por donde merece que su majestad le haga merced, como más largamente consta por los testigos arriba escritos. Y en (roto) y verdad que no dirían mentira.   Y si tal en sus obras y costumbres no fuera, ni fuera por tal tenido  reputado de todos, yo no le admitiera en mi conversación y familiaridad.   Y porque todo lo arriba dicho pasa así y de verdad, firmé de mi mano, en Argel, a 22 de octubre 1580. Y va sellado del sello de que usa en las cosas de la redención.   Fray Juan Gil, redentor de cautivos (rúbrica).

Emilio Sola 12 febrero, 2012 12 febrero, 2012 certificado, Cervantes, Información de Argel, Juan Gil
9 Cristóbal de Villalón, de 45 años, de Valbuena, cerca de Valladolid

(DECLARACIÓN DE CRISTÓBAL DE VILLALÓN).   Testigo. En Argel, prostate a 14 días del dicho mes y año susodicho (10-1580), en presencia de mí, el notario apostólico, el dicho Miguel de Cervantes para la dicha información trajo y presentó por testigo en esta razón   a Cristóbal de Villalón, natural de la villa de Valbuena, junto a Valladolid, que es en Castilla la Vieja.   Y siendo presentado y habiendo jurado en forma de derecho, fue preguntado por las preguntas del dicho interrogatorio.   El cual dijo y depuso lo siguiente:   I. A la primera pregunta dijo que este testigo conoce al dicho Miguel de Cervantes, que lo presenta por testigo, habrá tiempo y espacio de cuatro años, poco más o menos.   Y esto responde a la dicha pregunta.   Generales. Fue preguntado por las preguntas generales.   Dijo que este testigo es de edad de 45 años, poco más o menos, y que no es pariente ni enemigo del dicho Miguel de Cervantes.   Y que no le tocan las demás generales.   II. A la segunda pregunta, dijo que este testigo lo en ella contenido tiene por cosa muy cierta.   Porque a la sazón que el dicho Miguel de Cervantes se perdió y fue traído para Argel, este testigo estaba en Tenez, que era su patrón gobernador de aquella tierra.   Pero, a(l) cabo de poco tiempo, vino para Argel –que fue al año siguiente– y supo todo lo en esta pregunta contenido ser y pasar como en ella se contiene.   Y esto responde a la dicha pregunta.   III. A la tercera pregunta, dijo que lo que de esta pregunta sabe es que por tal persona como la pregunta dice este testigo tiene al dicho Miguel de Cervantes, respecto de que ha procurado de saber de su descendencia (sic, mejor “ascendencia”).   Y le han dicho a este testigo cómo es de buena parte el dicho Miguel de Cervantes.   Especialmente, por su trato y proceder se le muestra lo que la pregunta dice.   Y esto responde.   IV. A la cuarta pregunta, dijo que lo que este testigo sabe de ella es que el dicho patrón del dicho Miguel de Cervantes –que es el contenido en la pregunta– le tuvo por tal persona como la pregunta dice.   Pero en lo demás que en ella se declara, este testigo lo oyó decir por Argel.   Y esto responde.   V. A la quinta pregunta, dijo que la sabe de oídas porque lo en ella contenido fue público por Argel.   Y esto responde.   VI. A la sexta pregunta, dijo que todo lo en ella contenido fue muy público y notorio por Argel.   Y esto responde a la dicha pregunta.   VII. A la séptima pregunta, dijo que todo lo en ella contenido sabe este testigo que fue cosa muy pública por Argel.   Y que respecto de que no viniese en obra lo contenido y declarado en esta pregunta, que fue porque viniendo la dicha fragata a tierra a lo puesto para el dicho efecto, descubrió una barca de pescadores –la cual tuvieron por otra cosa de más peligro– y se retiró. (Por) donde no hubo efecto lo susodicho.   Y esto fue muy divulgado por Argel, y público –como dicho tiene–, y este testigo, por estas razones, lo creyó y supo.   Y esto responde a la dicha pregunta.   VIII. A la octava pregunta, dijo que todo lo en ella contenido es la verdad y pasa así, público y notorio.   Y esto responde a la dicha pregunta, a la cual se refiere.   IX. A la novena pregunta, dijo que todo lo en ella contenido este testigo lo cree y tuvo por muy cierto.   Y esto responde y dice a ella, a la cual se refiere.   X. A la décima pregunta, dijo que todo lo en ella contenido es así y pasa por realidad, de verdad, porque fue caso notable y que se tuvo cuenta con él por todo Argel.   Y esto responde a la dicha pregunta.   XI. A la oncena pregunta, dijo que este testigo lo oyó decir públicamente, lo contenido en la dicha pregunta.   XII. A las doce preguntas, dijo que este testigo dice que lo que sabe y pasa es que él vio enganchar el moro que dice la pregunta, (d)el cual se publicó que hicieron justicia de él porque andaba procurando de llevar cristianos.   Pero lo demás contenido en esta pregunta este testigo no lo supo.   Y esto responde a la dicha pregunta.   XIII. A las trece preguntas, dijo que la sabe como en ella se contiene porque este testigo se halló presente a muchas cosas de lo contenido en la dicha pregunta, respecto de que con grande instancia procuraba de saber y entender, porque este testigo era participante en el negocio.   Y por esta causa sabe lo que se le pregunta.   Y esto responde a la dicha pregunta, a la cual se remite.   XIV. A las catorce preguntas, dijo que todo lo en ella contenido es verdad, público y notorio.   Porque este testigo lo vio ser y pasar así, como en ella se declara, por ser de los contenidos en este hecho.   Y esto dice y responde a la dicha pregunta, a la cual se refiere.   XV. A las quince preguntas, dijo que todo lo que en esta pregunta se contiene es la realidad, de verdad, porque es notorio y público, y manifiesto a este dicho testigo y en todo Argel, por la causas y razones en las preguntas antes de ésta declaradas.   Y esto dice y responde a la dicha pregunta, a la cual se refiere.   XVI. A las diez y seis preguntas, dijo que este testigo sabe todo lo en la dicha pregunta contenido porque –como dicho tiene en las preguntas antes de ésta–   este testigo era consorte en el negocio y no pasaba cosa que no procuraba de saber.   (A)demás de que el dicho Miguel de Cervantes le dijo a este testigo –cuando estuvo en poder del rey, yéndose a poner en sus manos– que no se escondiese ni tuviese miedo ninguno,   que él en semejante ocasión usará el término que deben usar los hombres de valor, ánimo y constancia.   Y, así, este testigo se reportó y no hizo ausencia, y tomó grande ánimo por lo que el dicho Miguel de Cervantes le dijo.   El cual así lo cumplió; y mejor que el susodicho lo había manifestado, pues a ninguno hizo mal ni daño, ni condenó, sino antes enviaba a decir dende la prisión que si alguno prendiesen que se descargase con el dicho Miguel de Cervantes, echándole a él sólo la culpa.   Y esto dice y responde a esta dicha pregunta, a la que se remite.   XVII. A las diez y siete preguntas, dijo que todo lo en ella contenido es así, la verdad, público y notorio.   Porque, (a)demás de saberlo muy manifiesto este testigo, lo supo todo Argel.   Y esto responde a la dicha pregunta, a la cual se refiere.   XVIII. A las diez y ocho preguntas, dijo que lo que de ella sabe es que es tan público ser verdad que no hay cristiano en Argel, como sea hombre principal, que no le conste todo lo en ella contenido.   Y, así, este testigo lo sabe ser muy grande verdad, público y notorio.   Y esto responde a la pregunta, a la cual se refiere.   XIX. A las diez y nueve preguntas, dijo que sabe como en ella se contiene porque es así, verdad, como lo dice la pregunta, a la cual se refiere.   Y esto responde.   XX. A las veinte preguntas, dijo que por tal persona como la pregunta dice este testigo tiene al dicho Miguel de Cervantes, (a)demás de que todo Argel, cristianos de la esclavitud, tienen al dicho Miguel de Cervantes (sic).   Y esto responde y dice a la dicha pregunta, a la cual este testigo se refiere.   XXI. A las veintiuna preguntas, dijo que la sabe como en ella se declara porque por Argel se tiene por cierto –y este testigo por notorio– lo que la pregunta dice, a la cual se remite.   XXII. A las veintidós preguntas, dijo que todo lo en ella contenido es la verdad porque este testigo le vio reprender al dicho Juan Blanco de Paz lo que hacía por caballeros principales, sacerdotes, pareciéndole mal.   Y esto responde a la dicha pregunta, a la cual este testigo se remite.   XXIII. A las veintitrés preguntas, dijo que todo lo en ella contenido es la verdad, público y notorio.   Y esto responde a la dicha pregunta, a la cual se refiere.   XXIV. A las veinticuatro preguntas, dijo que todo lo en ella contenido lo sabe porque es cosa pública y notoria en Argel.   Y esto dice y responde a la pregunta, a la cual se refiere.   XXV. A las veinticinco preguntas, dijo que este testigo nunca ha visto decir misa al dicho Juan Blanco, ni rezar las horas necesarias que suelen y acostumbran decir los tales sacerdotes.   Antes, oyó decir públicamente que se tomó con los dos sacerdotes que la pregunta dice. Y que les dio el bofetón y coces en ella declarado.   Y que por estas razones y causas el dicho Juan Blanco este testigo lo tiene en mala opinión y reputación por dar mal ejemplo de su persona.   Y esto dice, y es la verdad todo lo que tiene dicho para el juramento que hizo.   Y firmolo de su nombre, Cristóbal de Villalón.   Pasó ante mí, Pedro de Ribera, notario apostólico.

Emilio Sola 30 enero, 2012 12 febrero, 2012 ARGEL, cautiverio, Cervantes
8 Fernando de Vega, toledano de 40 años

(DECLARACIÓN DE FERNANDO DE VEGA).   Testigo. En este dicho día, rx mes y año susodicho (13-10-1580) el dicho Miguel de Cervantes, ante mí –el dicho escribano y notario apostólico–, trajo y presentó por testigo para la dicha información   a Fernando de Vega, natural y vecino de la ciudad de Toledo –donde es casado y tiene a sus padres–, del cual se tomó y recibió juramento en forma debida de derecho.   Y, así, siendo presentado por el susodicho y habiendo jurado, y siendo preguntado por el dicho pedimiento e interrogatorio, dijo lo siguiente:   I. A la primera pregunta, dijo que este testigo conoce al dicho Miguel de Cervantes que la pregunta dice habrá tiempo y espacio de dos años, poco más o menos, que será todo lo que este testigo fue cautivo y traído para Argel.   Generales. Fue preguntado por las preguntas generales.   Dijo que este testigo es de edad de cuarenta años, poco más o menos, y que no es pariente ni enemigo del dicho Miguel de Cervantes, que lo presenta por testigo, y que no le tocan las demás generales.   II. A la segunda pregunta, dijo que este testigo, después que está en Argel –que es el tiempo que tiene dicho en las preguntas antes de ésta–, halló en el dicho Argel cautivo al dicho Miguel de Cervantes, y que de atrás había estado.   Lo demás que la pregunta dice, que público lo ha oído decir este testigo.   Y esto responde a la pregunta.   III. A la tercera pregunta, dijo que este testigo por tal persona como la pregunta dice tiene al dicho Miguel de Cervantes, porque así es público y notorio en este Argel.   Y por esta razón este testigo lo tiene por lo de la calidad contenida en la dicha pregunta.   Y si otra cosa fuera, este testigo lo supiera y no pudiera ser menos.   Y esto responde a la pregunta.   IV. A la cuarta pregunta, dijo que todo lo en ella contenido este testigo lo ha oído decir públicamente, (a)demás de que este testigo parte del dicho tiempo lo ha visto ser y pasar así como la pregunta lo dice, a la cual se refiere.   Y esto responde.   V. A la quinta pregunta, dijo que lo que en la pregunta se contiene –al tiempo y sazón que sucedió lo susodicho– este testigo aún no había venido para Argel.   Pero después que está en él, ha sabido por cosa que lo en la dicha pregunta contenido es la verdad porque personas honradas que se hallaron en el dicho efecto se lo dijeron y publicaron a este dicho testigo, (a)demás de saberse por otros muchos por Argel públicamente.   Y esto responde a la dicha pregunta.   VI. A la sexta pregunta, dijo que todo lo en ella contenido este testigo lo ha oído decir por Argel a muchas personas, por donde este dicho testigo lo creyó y tuvo por cierto.   Y esto responde a la dicha pregunta.   VII. A la séptima pregunta, dijo lo propio que en la pregunta antes de ésta, y esto responde.   VIII. A la octava pregunta, dijo que este testigo ha oído decir por Argel que el dicho Dorador –que fue el mal cristiano que la pregunta dice que después se tornó moro– descubrió lo que la pregunta dice al rey de Argel, por donde no se efectuó el negocio.   Y que todo esto lo oyó decir este testigo a muchas gentes, en especial al sargento Yepez y a Martínez, que eran cautivos viejos que ahora están en libertad. Que, aún, el dicho Martínez era del amo de este testigo.   Y esto responde a la dicha pregunta.   IX. A la novena pregunta, dijo que este testigo ha oído decir todo lo en ella se contenido, y esto responde.   X. A la décima pregunta, dijo que este testigo lo en ella contenido lo ha oído decir públicamente por Argel, por lo cual este testigo lo creyó y tiene por cierto.   Porque si otra cosa fuera, pasaran mucho trabajo los cristianos si dicho Miguel de Cervantes confesara.   Y esto responde a la dicha pregunta.   XI. A las once preguntas, dijo que este testigo lo ha oído decir muchas veces lo que la pregunta dice.   XII. A las doce preguntas, dijo que este testigo lo ha oído decir que pasó así como en ella se contiene.   XIII. A las trece preguntas, dijo este testigo que lo que pasa de ella es que de lo contenido en la dicha pregunta este testigo tiene mucha noticia de ello, porque personas principales que se hallaban en este negocio dieron cuenta de este caso.   Y así él como los demás anduvieron muchos días con gran contento esperando por momentos su libertad.   Y, así, esto que la pregunta dice pasa así como en ella se contiene, porque es verdad todo lo en ella contenido.   Y esto responde a esta pregunta.   XIV. A las catorce preguntas, dijo que la sabe como en ella se contiene porque este testigo lo que vio y pasa es:   que estando un día en el baño del rey, donde habitaba y estaba el dicho Juan Blanco de ordinario, estando allí este dicho testigo, –que lo metió dentro su patrón unos días por cierto enojo–, vio que en el dicho baño reñían unos dos frailes que estaban allí con el dicho Juan Blanco.   Y le llamaron al susodicho de trasleño (sic), diciendo que él había hecho perder la libertad a tanto número de cristianos principales.   Por lo cual este testigo, (a)demás de lo que dicho tiene, cree y sabe, por haberse hallado presente y visto por sus ojos lo que dicho tiene.   Y en lo demás se remite a lo que la pregunta dice.   XV. A las quince preguntas, dijo que lo en ella contenido es la verdad, público y notorio, y así la sabe este testigo como en ella se contiene, a la que se refiere.   XVI. A las diez y seis preguntas, dijo que este testigo sabe lo en ella contenido porque es así la verdad, público y notorio en Argel, así por cristianos como por moros (y) turcos.   Y este testigo, como consorte en el negocio, se escondió.   Y esto responde a la pregunta, a la cual se refiere.   XVII. A las diez y siete preguntas, dijo que este testigo la sabe como en ella se contiene porque lo que pasa de este caso es que:   el dicho Miguel de Cervantes, después que estuvo en manos y en poder del rey por este negocio, vio este testigo cómo el susodicho envió a decir a muchas personas que estaban fuera escondidos sobre este negocio que no tuviesen temor ninguno ni pesadumbre, que él descargaría a todos y se haría sólo a él el daño, echándose la carga y culpa.   Y que todos, uno por uno, de mano en mano, se avisasen que si los prendiesen por el negocio que todos estuviesen advertidos de echarle a él la carga como autor del negocio. Y así muchos lo divulgaban.   Y esto dice y responde a esta pregunta, a la que se refiere.   XVIII. A las diez y ocho preguntas, dijo que lo que sabe de ella es que por tal persona como la pregunta dice este testigo tiene al dicho Miguel de Cervantes,   por ser, como es, de buen trato y conversación, (a)demás de ser de las calidades que dicho tiene.   Y esto responde a la pregunta, a la cual se refiere.   XIX. A las diez y nueve preguntas, dijo que este testigo sabe la dicha pregunta como en ella se contiene por las causas y razones en la pregunta contenidas.   Y esto responde a la dicha pregunta, a la cual se refiere.   XX. A las veinte preguntas, dijo que este testigo dice lo que dicho tiene en las preguntas antes de ésta.   Y que en el tiempo que ha que conoce al dicho Miguel de Cervantes, nunca le ha visto hacer cosa fea ni oído que haya cometido contra la fe de Jesucristo, antes le ve este testigo vivir, proceder, tratar y comunicar cosas cristianas, limpias, honestas y virtuosas.   Y esto responde y dice a la pregunta, a la cual se refiere.   XXI. A las veintiuna preguntas, dijo que lo que en ella se contiene este testigo lo cree y tiene por cierto por las causas dichas contra el dicho Juan Blanco.   Que todos los que se hallaban en este negocio de la fragata se quejaban del susodicho, en especial el dicho Miguel de Cervantes como autor más principal del dicho negocio.   Y, así, el susodicho Juan Blanco procuró de hacerle todo el mal y daño que ha podido, haciendo informaciones contra el dicho Miguel de Cervantes.   Y esto responde a la dicha pregunta.   XXII. A las veintidós preguntas, dijo este testigo que lo que pasa y sabe es que oyó decir por Argel a muchas personas que se hacía comisario del Santo Oficio el dicho Juan Blanco.   Y que sobre ello había requerido que le diesen obediencia a los padres de Castilla y de Portugal que estaban allí, en el dicho Argel, rescatando.   Y siendo requerido el dicho Juan Blanco que mostrase la comisión que tenía para usar de comisario de la Inquisición, había respondido que no los tenía, ni mostró.   Y esto responde a la dicha pregunta.   XXIII. A las veintitrés preguntas, dijo que este testigo dice lo que dicho tiene en las preguntas antes de ésta.   Y que ha sabido por cosa cierta que el dicho Juan Blanco de Paz ha tomado ciertas informaciones contra personas particulares, en especial contra el dicho Miguel de Cervantes.   Y esto responde y sabe de esta pregunta.   XXIV. A las veinticuatro preguntas, dijo que este testigo lo que sabe y pasa es que el dicho Juan Blanco andaba procurando testigos, prometiéndoles dineros y sobornos.   Y que tomó información contra el dicho Miguel de Cervantes, todo a fin de estorbar e impedir sus pretentos (sic) con su majestad.   Y esto responde a la dicha pregunta.   XXV. A las veinticinco preguntas, dijo que la sabe como en ella se contiene, respecto de que este testigo estuvo ciertos días en el baño con el dicho Juan Blanco de Paz –como tiene dicho en otra pregunta–, donde los cristianos tienen su iglesia donde de ordinario se dice misa y se celebran los oficios divino.   Y en todo aquel tiempo, nunca este testigo vio decir misa al dicho Juan Blanco, ni rezar sus horas acostumbradas que son obligados a decir los sacerdotes, como el susodicho.   Antes, vio este testigo cómo el dicho Juan Blanco tuvo allí dentro, en el dicho baño, cuestiones y diferencias.   En especial, tuvo cuestión con los dos religiosos que la pregunta dice, y se murmuró allí lo mal que el dicho Juan Blanco lo había hecho en haber dado y puesto manos en dos sacerdotes, en que al uno de ellos dio un bofetón  y al otro dio de coces.   Por lo cual el susodicho dio mala cuenta de sí y puso escándalo y mal ejemplo. Y este testigo, desde entonces, le tiene en mala cuenta y reputación.   Y esto dice y responde a esta pregunta, y es verdad todo lo que en este su dicho tiene dicho, público y notorio, para el juramento que hizo.   Y firmólo de su nombre, Hernando de Vega.   Pasó ante mí, Pedro de Ribera, notario apostólico.

Emilio Sola 27 enero, 2012 12 febrero, 2012 ARGEL, cautivos, Cervantes, el Dorador, información, Juan Blanco
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