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14 Antonio de Sosa, y certificación final de Juan Gil

(En el fol.48v: “Son 51 hojas útiles”   (DECLARACIÓN AÑADIDA DE ANTONIO DE SOSA, cialis sale ESCRITA DE SU PROPIA MANO EL 22 DE OCTUBRE DE 1580).   Yo, viagra el doctor Antonio de Sosa, cautivo al presente en este Argel, doy fe y testimonio verdadero a todos los que leyeren o vieren esta cédula y relación firmada de mi nombre, cómo yo he visto y leído estos artículos arriba escritos que Miguel de Cervantes presentó al muy reverendo señor padre fray Juan Gil, redentor de los cautivos por su majestad.   Y pues por causa de mi continuo y estrecho encerramiento –en que mi patrón me tiene con cadenas–, no he podido dar testimonio y deposición sobre cada uno de ellos, diré aquí lo que en mi conciencia entiendo y sé de ellos, de esta manera:   1. Y cuanto al primer artículo, yo no soy deudo ni pariente del dicho Miguel de Cervantes.   Y cuanto a lo demás contenido en este artículo, es verdad que todo el tiempo que ha que estoy cautivo en este Argel, que son tres años y ocho meses, lo conozco y he comunicado y tratado muy a menudo y familiarmente.   2. Cuando al dos artículo, sé que es verdad lo contenido en él porque es notorio y lo entendí de muchas personas que con el mismo Miguel de Cervantres cautivaron juntamente.   3. Cuando al tercer artículo, sé que es verdad lo contenido en él porque le he visto siempre ser tratado y reputado de todos por tal, y en sus obras y costumbres no he visto o notado cosa en contrario alguna, antes he visto muchos en que mostraba ser tal como en este artículo se dice.   4. Cuanto al cuatro artículo, sé que es verdad lo contenido en él porque, (a)demás de se me quejar el dicho Miguel de Cervantes muchas veces de que su patrón le hubiese tenido en tan grande opinión que pensaba ser de los más principales caballeros de España, –y que por eso lo maltrataba con más trabajos y cadenas y encerramiento–, lo mismo también he oído muchas veces decir y a muchos que lo sabían y habían visto con sus ojos.   Y de la misma manera sé lo demás contenido en el dicho artículo, y de cómo procuró dar libertad de aquella manera a los dichos cristianos, porque era cuando yo cautivé muy notorio y lo oí decir a personas que no dirían sino verdad.   5. Cuanto al cinco artículo, digo que todo lo contenido en el dicho artículo pasa ni más ni menos en la verdad como en él se dice.   Porque yo fui uno de los con que el dicho Miguel de Cervantes comunicó muchas veces y en mucho secreto el dicho negocio.   Y que para el mismo negocio fui muchas veces de él convidado y exhortado, y no se hizo cosa en el tal negocio que particularmente no se me diese de ello parte.   Y cierto que se debe mucho al dicho Miguel de Cervantes, porque lo trató con mucha prudencia, cristiandad y diligencia, y merece se le haga toda merced.   6. Cuanto al seis artículo, sé que es verdad lo contenido en él, y de la manera que en él dice.   Porque, como tengo dicho de antes en el otro artículo, el dicho Miguel de Cervantes cuando enviaba a la cueva los cristianos, me avisaba luego de todo y daba parte de su cuidado y diligencias que hacía, y cómo los proveía y enviaba ver y proveer y visitar,   importunándome muchas veces que yo también me encerrase con los demás en la dicha cueva.   Y el día que se fue a encerrar en ella, se vino (a) despedir de mí.   Y es muy gran verdad que se puso a manifiesto peligro de una muy cruel muerte, cual estos turcos suelen dar a los que hallan en semejantes tratos y negocios.   7. Cuanto al siete artículo, es verdad lo contenido en él.   Porque, (a)demás de ser muy notorio, yo mismo hablé después y lo supe de marineros que con la misma fragata vinieron, que cautivaron después.   Y me contaron por extenso cómo vinieron dos veces, y la causa de su temor, y cómo por poco no se efectuó una cosa de tanta honra y servicio de Dios.   8. Cuanto al ocho artículo, sé que es verdad lo contenido en él porque fue cosa muy notoria y pública por todo Argel.   Y el mismo día y hora que el dicho Dorador hizo tan grande maldad, pensando él que yo también esperaba por aquella fragata para ir en ella, se vino a casa de mi patrón, y a mi aposento, y comenzó con fingidas y coloradas palabras a excusarse no le pusiesen la culpa de aquella traición.   Y sé que, así como él prometió a otros hacerse moro, se hizo después y vivió moro tres años.   Hasta que murió en el mismo día que descubrió este negocio al rey Hasán, que fue el día de San Jerónimo, postrero de septiembre.   Y sé también que es verdad que el dicho rey envió los turcos armados y moros a pie y a caballo a prender al dicho Miguel de Cervantes y sus compañeros, como en el dicho artículo se dice, porque fue cosa muy pública y muy notoria en este Argel.   9. Cuanto al nueve artículo, sé que es verdad lo contenido en él porque lo he oído decir a los que se hallaron allí presentes entonces y estaban escondidos en la dicha cueva, y vinieron con el dicho Miguel de Cervantes presos.   Y, así, se vio por experiencia que a sólo Miguel de Cervantes maniataron los turcos por mandado del rey, y sólo él se cargaba toda la culpa.   Y sin duda él escapó de una buena, porque pensamos todos le mandase matar el rey.   10.   Cuanto al diez artículo, sé que fue así como en él se dice todo verdad, porque fue cosa notoria y pública en Argel y lo he oído con (roto) y decir algunas veces a quien lo sabía.   Y particularmente sé que de esta manera fue libre de grandísimo peligro de la vida el reverendo padre fray George Olivar, comendador de la Merced de la ciudad de Valencia.   El cual –aquella misma mañana– me envió a mí luego avisar del temor en que estaba, y que le guardase una casulla, piedra de ara y un retablo, y corporales y otras cosas sagradas, que temía los turcos que el rey enviase a su casa a prenderle no le tomasen y profanasen.   11. Cuanto a once artículo, todo lo contenido en él es verdad, porque así fue fama pública y lo oí decir a muchas personas que me lo vinieron (a) decir y contar a mi aposento y cadenas.   12. Cuanto al doce artículo, lo contenido en él es verdad porque también –como lo arriba dicho— fue muy público y notorio, y lo supe luego de personas que lo sabían y vieron empalar al dicho moro.   13. Cuanto al trece artículo, sé que todo y cada cosa contenido en el dicho artículo es verdad.   Porque el dicho Miguel de Cervantes comunicó muchas veces el negocio conmigo, dándome relación de lo que hacía y ordenaba.   Y cómo, después, lo tenía ordenado y a punto.   Y me convidó a ser uno de los que en dicha fragata habían de ir.   Y, así, no se trató cosa sobre este negocio  que él y los dichos mercaderes no tratasen y comunicasen conmigo, y tomasen mi parecer y consejo sobre ello.   14. Cuanto al catorce artículo, sé de cierto que todo lo contenido en él pasa en la verdad.   Porque –como tengo dicho— yo fui uno de los que el dicho Miguel de Cervantes avisó, y que estaba ya aparejado para con él ir en la dicha fragata, y con otros muchos caballeros, sacerdotes y letrados, y criados de su majestad, y casi toda la flor de los cristianos que entonces había en Argel.   Y vuelvo a decir que se debe muy mucho al valor del dicho Cervantes.   15. Cuanto al quince artículo, es verdad lo contenido en él.   Porque fue cosa muy notoria y manifiesta que lo descubrieron al dicho rey Hasán.   Y se murmuró por todo Argel, y entre todos los cristianos se afirmaba que Juan Blanco de Paz lo había dicho a Cayruan, renegado del rey, y que después él en persona lo ratificara y confirmara delante del rey, por lo cual el dicho Juan Blanco de Paz era muy odiado y malquisto de todos.   Y hubo cristianos que me dijeron que estaban para le dar puñaladas por haber hecho tal cosa.   A los cuales yo rogué y persuadí se dejasen de tales pensamientos y de hacer a un sacerdote cosa tan horrenda como matarle y darle puñaladas.   Y, en efecto, el dicho Juan Blanco tenía por enemigos a todos los que entraban en este negocio y eran de él participantes, no los hablando y huyendo de ellos.   Y particularmente entendí que tenía más enemistad con los dichos mercaderes que dieron el dinero para comprar y aparejar la fragata, como de la boca de los mismos mercaderes lo oí y entendí muchas veces.   Y también lo tenía particular con el dicho Cervantes, a quien luego quitó la habla y conversación. Y Miguel de Cervantes también a él.   Y tenía gran temor el dicho Miguel de Cervantes, y con razón, que le viniese de aquello algún gran mal y pérdida de la vida.   16. Cuanto al diez y seis, es verdad lo contenido en el dicho artículo.   Porque el dicho (O)nofre (E)xarque me comunicó esta su intención de enviar al dicho Miguel de Cervantes a España, y me pareció que acertaba en ello, aunque el dicho Miguel de Cervantes no lo quiso aceptar.   Y de lo demás contenido en este capítulo fue también entonces pública fama y voz, como de cosa notoria.   17. Cuanto al diez y siete artículo, sé ser verdad lo contenido en él porque así fue público y notorio.   Y lo entendí de personas que tenían a cargo saber lo que pasaba con el rey el dicho Miguel de Cervantes, por respecto del temor con que estaban muy muchos cristianos no fuesen  ellos descubiertos y el rey los mandase matar o tomar por esclavos.   Y, así, fue cosa muy manifiesta cómo se defendió el dicho Miguel de Cervantes y cómo el rey no pudo saber de él cómo pasaba aquel negocio.   Y cómo el rey le mandó meter en cadenas en la cárcel y le tuvo allí muchos meses.   Y, cierto, le llevara a Constantinopla y nunca tuviera libertad si el muy reverendo señor padre fray Juan Gil, redentor de los cautivos de la orden de la Santísima Trinidad, el día mismo que el mismo rey Hasán se partía para Constantinopla, que fue a los 19 de septiembre, no le rescatara en 500 escudos de oro.   18. Cuanto al diez y ocho artículo, es verdad lo contenido en el dicho artículo porque lo he así oído decir a muchos, que se confesaba y comulgaba y oía sus misas, y hacía bien a cristianos y exhorataba los pusilánimes y flacos y tibios.   Y en la conversación estrecha que con el dicho Miguel de Cervantes he tenido todos estos tres años y ocho meses, siempre noté en él costumbres y señales de muy buen cristiano.   Y sé que se ocupaba muchas veces en componer versos en alabanza de Nuestro Señor y su Bendita Madre, y del Santísimo Sacramento, y otras cosas santas y devotas.   Algunas de las cuales comunicó particularmente conmigo y me las envió que las viese.   19. Cuanto al diez y nueve artículo, es verdad todo lo contenido en él, y de la manera que en él se dice. Porque parte lo he visto con mis ojos y parte de los mismos principales cristianos y de los redentores lo he oído, que le trataban y tenían por amigo y tenían en su ca(sa: roto) algunos de ellos y ponían a su tabla.   20. Cuanto al veinte artículo, es verdad lo contenido en él.   Y en tres años y ocho meses que ha que converso al dicho Miguel de Cervantes, no he notado o visto en él ni vicio ni cosa de escándalo.   Y si tal no fuera, yo tampoco no le tratara ni comunicara, siendo cosa muy notoria que es de mi condición y trato no conversar sino con hombres y personas de virtud y bondad.   21. Cuanto al veintiuno artículo, lo contenido en él he oído decir y afirmar a algunas personas dignas de fe y tengo para mí ser verdad así como en él se dice.   22. Cuanto al veintidós artículo, sé que es verdad que el dicho Juan Blanco de Paz, este mes de julio pasado y el de agosto, se hacía y publicaba en este Argel por comisario del Santo Oficio.   Y como tal requirió al muy reverendo padre fray Juan Gil, del orden de la Santísima Trinidad, redentor de los cautivos, y a su compañero el padre fray Antonio de la Villa, y a los padres teatinos de Portugal –que entonces aquí se hallaban redimiendo cautivos–, que le diesen obediencia y reconociesen por tal.   Y les hizo a todos hacer de eso sus actos firmados de todos.   Y también a mi me requirió –día del apóstol Santiago, estando yo en mi aposento, donde entró con licencia de mi patrón— que le diese también la misma obediencia.   Y demandándole yo me mostrase con qué poderes era el comisario del Santo Oficio, me dijo que no los tenía aquí.   Y yo le repliqué que pues no los mostraba –ni me constaba por otra vía legítima que él fuese comisario del Santo Oficio–, se fuese en buena hora y no me tratase de eso.   Antes, le requerí –de parte de Dios y de su majestad y del Santo Oficio–, que mirase lo que hacía y cómo usaba de poderes de comisario del Santo Oficio tomando informaciones y dando juramentos, porque podían suceder grandes escándalos.   Y que aguardase primero qué orden le darían para ello los señores del Santo Oficio.   Y lo mismo sé que le requirió después el señor padre fray Juan Gil, redentor de España, y que le mostrase los poderes que tenía.   Y él no los mostró, y dijo no los tener.   Y, con todo, he sabido después que el dicho Juan Blanco, usando todavía de oficio de comisario del Santo Oficio, había tomado muchas informaciones contra muchas personas, y particularmente contra los que tenía por enemigos, y como contra el dicho Miguel de Cervantes, con el que tenía enemistad.   23. Cuanto al artículo veintitrés, es verdad lo contenido en él.   Y lo sé porque así lo entendí de muchos cristianos. Los cuales de esto estaban y están muy escandalizados del dicho Juan Blanco. Y oí decir a algunos que decía el dicho Juan Blanco que tomaba aquellas informaciones y contra aquellas personas –como era el dicho Miguel de Cervantes–, porque los tenía por enemigos.   Y porque si ellos en España dijesen de él algo, sus testimonios y dichos no fuesen valiosos ni creídos.   24. Cuanto al artículo veinticuatro, digo lo mismo que en el artículo veintitrés, y que así lo he oído decir y platicar a muchos en este Argel, como y de la manera que en el dicho artículo veinticuatro se dice y se contiene.   25. Cuanto al artículo veinticinco, por estar de continuo encerra(do: roto) en esta casa oscura y cargado de cadenas, no sé lo (roto: con)tenido en este capítulo o artículo, más de que lo he así oído decir a algunos cristianos.   La cual relación y deposición mía en la forma y manera que arriba tengo dicha pasa en la verdad, y como tal lo afirmo y juro y quiero se dé fe y verdadero crédito, y por tal lo firmo de mi mano en Argel a 22 de octubre 1580.   Pedro de Ribera, notario apostólico (rúbrica). El doctor Sosa (rúbrica).     (FRAY JUAN GIL CERTIFICA EL TESTIMONIO DEL DOCTOR SOSA).   Digo yo, fray Juan Gil, de la orden de la Santísima Trinidad y redentor de cautivos por su majestad en este Argel, que yo conozco al doctor Antonio de Sosa, al presente cautivo en este Argel, porque familiarmente le trato y converso todo el tiempo que ha que estoy en Argel.   Y sé que es de tanta honra y tal cualidad que en todo lo arriba dicho no diría sino la pura verdad, como quien es.   Y esta escritura es de su propia mano.   Y esta firma arriba puesta es la suya propia.   En testimonio de lo cual firmé aquí de mi mano, hoy 22 de octubre 1580, en Argel.   Fray Juan Gil, redentor de cautivos (rúbrica).                                                           (Página final, el fol.52r). FIN.

Emilio Sola 12 febrero, 2012 12 febrero, 2012 Antonio de Sosa, ARGEL, Blanco de Paz, Cervantes, información, Juan Gil
13 Cervantes solicita una copia, y certificación de Juan Gil

(CERVANTES SOLICITA UNA COPIA DE LA INFORMACIÓN).     Y así, diagnosis hecha y acabada la dicha información y probanza en la manera que dicha es, hospital el dicho Miguel de Cervantes (fue) ante su paternidad del muy reverendo padre fray Juan Gil, redentor de España por su majestad,   y le pidió y suplicó –y si necesario fuese le requería y requirió— mande a Pero de Ribera, notario apostólico susodicho –ante quien se ha hecho la dicha probanza– le mande dar un traslado de la dicha porbanza autorizado en pública forma y en manera que haga fe   para lo presentar ante su majestad y ante quien más le convenga. Y pidió justicia.   (JUAN GIL MANDA A PEDRO DE RIBERA QUE DE A CERVANTES UNA COPIA DE LA INFORMACIÓN)   Y, luego, por su parternidad visto lo pedido por parte del dicho Miguel de Cervantes, dijo que mandaba, y mandó, a mí, el dicho Pedro de Ribera –notario ante quien ha pasado la dicha probanza que pide el susodicho Miguel de Cervantes— le dé un traslado como lo pide, autorizado en manera que haga fe.   En la cual dijo que interponía, e interpuso, su autoridad y decreto judicial –tanto cuanto puede y con derecho debe— para que valga y haga fe donde quiera que pareciere,   y firmolo fray Juan Gil.   Yo, Pedro de Ribera, notario apostólico que a todo lo que dicho es presente fui con los testigos arriba declarados. Y se escribió de mano ajena, y la si(g)né y suscribí de mis acostumbrados si(g)no(s) en testimonio de verdad rogado y requerido.   (Signo) Pedro de Ribera, notario apostólico.     (TESTIMONIO Y CERTIFICACIÓN DE FRAY JUAN GIL)     Yo, fray Juan Gil, de la orden de la Santísima Trinidad y redentor de los cautivos de España,   estante en este Argel por mandado de su majestad y su Real Consejo,   por ésta, firmada de mi nombre,   doy fe y verdadero testimonio a todos los que leyeren o vieren o les fueren preseados estos testigos y testimonios arriba escritos   –sacados del propio original fiel y verdaderamente y firmados al cabo y aprobados por Pedro de Ribera, escribano y notario entre cistianos en este Argel–,   que yo conozco a todos los testigos que en esta información han hecho su deposición y dado sus testimonios, firmados de sus nombres.   Los cuales son de los principales y más calificados cristianos que hay en este Argel, personas de honra y de verdad, y por lates tenidos y habidos de todos.   Y que sus testimonios no dirían si no la verdad en todo lo que han dicho y jutado.   Item más, doy también fe y testimonio de que Pedro de Ribera, estante en este Argel, es ordinario escribano entre los cristianos, así mercaderes como otros libres y cautivos, y ha muchos años que usa del dicho oficio de escribano público y notario apostólico.   Y en sus actos y escrituras –aquí y en tierra de cristianos— se da entera fe y se tienen por firmes y valiosos. Y, así, la misma fe se debe dar a este traslado y copia de testimonios que él sacó o mandó sacar del propio original, y que van autenticados y firmados de su firma y señal de público escribano, que es la que está arriba.   Y el propio original que yo mismo he visto y leído, que conforma en todo a este traslado y copia. Queda en poder del mismo Pedro de Ribera, escribano.   Item, de la misma manera doy fe y testimonio que dende el tiempo que estoy en este Argel haciendo la redención por mandado de su majestad, que son seis meses, he tratado y conversado y comunicado particular y familiarmente al dicho Miguel de Cervantes, en cuyo favor se hizo esta información, y le conozco por muy honrado, que ha servido muchos años a su majestad, y particularmente en este su cautiverio ha hecho cosas por donde merece que su majestad le haga merced, como más largamente consta por los testigos arriba escritos. Y en (roto) y verdad que no dirían mentira.   Y si tal en sus obras y costumbres no fuera, ni fuera por tal tenido  reputado de todos, yo no le admitiera en mi conversación y familiaridad.   Y porque todo lo arriba dicho pasa así y de verdad, firmé de mi mano, en Argel, a 22 de octubre 1580. Y va sellado del sello de que usa en las cosas de la redención.   Fray Juan Gil, redentor de cautivos (rúbrica).

Emilio Sola 12 febrero, 2012 12 febrero, 2012 certificado, Cervantes, Información de Argel, Juan Gil
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